Esta es la doctrina de la Dirección General de Tributos sobre los impuestos en campaña más destacada
La doctrina emitida por el órgano consultivo entre campañas nos ha dejado consultas importantes como las que destacamos a continuación por su interés para el cumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio en esta Campaña 2025.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
▶ La retribución en especie derivada del uso para fines particulares del vehículo facilitado por la empresa puede ser tenida en cuenta en el cómputo de la renta exenta ex art. 7.p)
Un empleado a quien su empresa pone a disposición un vehículo para uso particular puede incluir la correspondiente retribución en especie como un concepto salarial más a efectos de calcular la renta exenta a efectos del art. 7.p) LIRPF.
▶ La DGT explicó cómo puede optimizarse la obtención de varias retribuciones salariales extraordinarias
La reducción del 30 por ciento aplicable a los rendimientos del trabajo irregulares no resulta de aplicación cuando, en el plazo de los cinco períodos impositivos anteriores a aquél en el que resulten exigibles, el contribuyente hubiera obtenido otros rendimientos con período de generación superior a dos años, a los que hubiera aplicado la reducción. Sin embargo, estamos ante una opción tributaria, que permite rectificar la primigenia aplicación de la reducción en los tiempos y del modo en que ha aclarado órgano consultivo.
▶ El bonus que recibe un trabajador acogido al régimen especial de trabajadores desplazados generado mientras residía en el extranjero no tributa en España
Las retribuciones variables que obtengan los trabajadores desplazados y acogidos al régimen especial, siempre y cuando no se entiendan obtenidas en territorio español, quedan al margen de la tributación en España.
▶ Los gastos de acondicionamiento de un inmueble para destinarlo a su explotación como vivienda turística son deducibles a medida que se obtienen los ingresos derivados de su puesta a disposición
Gastos en expectativa del alquiler como los honorarios del arquitecto, licencias de obras o el informe municipal de compatibilidad serán deducibles de los rendimientos del capital inmobiliario según se vayan produciendo y podrán ser trasladados hasta los cuatro ejercicios siguientes.
▶ La declaración sobrevenida como zona de mercado residencial tensionado no permite la reducción incrementada de los rendimientos del capital inmobiliario derivados del arrendamiento en curso
Debe tenerse en cuenta que la declaración como zona tensionada del lugar en que se encuentra situada la vivienda arrendada sólo permite el acceso a la reducción incrementada por contratos celebrados a partir de la declaración.
▶ Pacto de socios: el reparto de dividendos no proporcional a la participación en la sociedad puede considerarse una liberalidad sujeta a ISD si no está no previsto en los estatutos
Si bien es cierto que la Administración deberá probar el animus donandi, lo cierto es que podría plantearse esta contingencia si en los estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada no consta la previsión.
▶ Pérdida de las arras penitenciales y comisión de mediación por desistimiento no son conceptos equivalentes a los efectos de su tributación como pérdidas patrimoniales
La comisión que cobran las inmobiliarias por el desistimiento en las operaciones que tramitan responde a una operación de consumo que no es imputable en la declaración por el impuesto. La pérdida de las arras penitenciales cuando se produce esa misma situación con el eventual vendedor del inmueble, representan una pérdida patrimonial.
▶ La condena en costas en un procedimiento judicial genera una ganancia o pérdida patrimonial del ejercicio
Conceptualmente es una suerte de indemnización a la contraparte que genera una ganancia o pérdida patrimonial -según la parte-; eso sí, en cualquier caso del ejercicio, al no derivar de una transmisión previa.
▶ El arrendamiento con opción de compra de la que fue la vivienda habitual no impide la exención por reinversión
Una vez que el contribuyente abandona la vivienda que fue habitual, dispone de 2 años para transmitirla sin pérdida del derecho a la correspondiente exención por reinversión.
▶ Régimen transitorio de la deducción por vivienda habitual: la residencia intermitente en la vivienda no priva al contribuyente de su derecho a la deducción
El derecho a practicarse la deducción se reinicia, siempre y cuando el contribuyente no se haya deducido otra vivienda con carácter intermedio.
▶ Transition tax – Gilti tax: EE.UU. puede hacer uso de la cláusula de reserva y gravar a los nacionales estadounidenses residentes en España por las reservas no distribuidas de las compañías españolas
En aplicación de la cláusula de reserva prevista en el art. 1.3 del Convenio, conforme a la cual un Estado contratante puede someter a imposición por razón de ciudadanía una renta, como si el Convenio no hubiese entrado en vigor, EE.UU. podría someter a imposición a un ciudadano de los Estados Unidos de América que tiene una participación superior al 10% en entidades españolas, por la imputación de las reservas no distribuidas, que no tendría derecho a aplicar en la deducción por doble imposición internacional por el impuesto pagado en los EE.UU. ya que, en estos casos, corresponde a los Estados Unidos de América eliminar la doble imposición.
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO – GRANDES FORTUNAS
▶ El desempeño sucesivo de funciones directivas sin solución de continuidad permite no tener en consideración las remuneraciones por las funciones de dirección superadas
La DGT excluye del cómputo del nivel de remuneraciones por funciones directivas, para aplicar la exención derivada de la titularidad de participaciones, a las percibidas de las sociedades que se dirigieron primigeniamente y que dejaron de percibirse tras la suscripción de una operación de reestructuración empresarial.
▶ Los préstamos concedidos por una entidad a los hijos de los socios y a entidades vinculadas pueden considerarse activos necesarios a los efectos de la exención IP de sus participaciones
La DGT ha reconocido que préstamos como estos podrían considerarse, afectos a la actividad de la entidad, siempre hayan sido concedidos en condiciones de mercado, y sean necesarios para la obtención de los rendimientos de la misma.
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