DERECHOS DEL TRABAJADOR

El disfrute de los días festivos no puede quedar absorbido por el descanso semanal: cuando se trabaja de lunes a viernes, o de lunes a sábado, y el festivo es sábado, ese día debe ser compensado

El disfrute de los días festivos no puede quedar absorbido por el descanso semanal: cuando se trabaja de lunes a viernes, o de lunes a sábado, y el festivo es sábado, ese día debe ser compensado

No cabe el solapamiento de los descansos semanales con festivos, de tal modo que los festivos que coincidan con el descanso semanal se han de considerar no disfrutados y generar el derecho a una compensación específica El conflicto colectivo que se dirimía...

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