El beneficio general para la empresa justifica la deducción del IVA soportado en operaciones no sujetas, o sujetas y exentas, cuando la empresa realiza principalmente operaciones sometidas al impuesto

El beneficio general para la empresa justifica la deducción del IVA soportado en operaciones no sujetas, o sujetas y exentas, cuando la empresa realiza principalmente operaciones sometidas al impuesto

El Tribunal Supremo fija jurisprudencia en este sentido con apoyo en la jurisprudencia del TJUEPrecisamente esa era la cuestión que se discutía en el caso de autos a costa de los servicios de asesoramiento prestados a una entidad dedicada a la adquisición, explotación...
El beneficio general para la empresa justifica la deducción del IVA soportado en operaciones no sujetas, o sujetas y exentas, cuando la empresa realiza principalmente operaciones sometidas al impuesto

Los valores asignados a los inmuebles por los servicios de valoración autonómicos son un acto propio de la Administración que le vincula y exime de prueba a quien declara conforme a ellos: aplicación al cálculo del ajuar doméstico

En aplicación de esa jurisprudencia, el Tribunal Supremo reconoce la posibilidad de sustituir el valor catastral de la vivienda habitual del matrimonio por el importe del valor asignado por los servicios de valoración autonómicos-superior- para calcular el límite del...
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