El órgano judicial que controla la legalidad de un acuerdo de liquidación debe analizar, cuando así se denuncie, si el órgano liquidador se apartó de la doctrina administrativa que le vinculaba, pero ello no le exime de la obligación de juzgar

El órgano judicial que controla la legalidad de un acuerdo de liquidación debe analizar, cuando así se denuncie, si el órgano liquidador se apartó de la doctrina administrativa que le vinculaba, pero ello no le exime de la obligación de juzgar

Dada su función constitucional, más allá de lo que señale la doctrina -por lo que no estará vinculado-, deberá entrar a enjuiciar si la liquidación es o no conforme al ordenamiento jurídico¿Un órgano judicial debe analizar, cuando así se denuncie, si el órgano...
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