Incentivar a los trabajadores con un plus por no incurrir en absentismo es legítimo siempre y cuando las ausencias a considerar no estén causadas por enfermedad, conciliación o causen discriminación

Incentivar a los trabajadores con un plus por no incurrir en absentismo es legítimo siempre y cuando las ausencias a considerar no estén causadas por enfermedad, conciliación o causen discriminación

Combatir el absentismo laboral responde a una finalidad legítima, pero debe hacerse sin vulnerar la Constitución y las leyes que regulan la igualdad de trato y la no discriminación en nuestro ordenamientoCon este nivel de contundencia se ha manifestado el Tribunal...
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