La Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. , mediante su Resolución de 29 de julio de 2022, ha convocado las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del denominado Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados) de las que resultarán beneficiarias las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, cuya actividad tenga una antigüedad mínima de 6 meses, y que cuenten con una plantilla entre esos límites.
No obstante, debe tenerse en cuenta que no podrán resultar beneficiarios de estas ayudas las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores, ni las uniones temporales de empresas (UTE), ni las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la condición de beneficiarias en alguna de las Convocatorias del Programa Kit Digital, entre otras.
Es necesario que los solicitantes tengan a disposición su evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme (https:// www.acelerapyme.gob.es/).
El objetivo de este “bono digital” es financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital.
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 6.000 €, al estar dirigidas únicamente al Segmento II; y el los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio son las que se derivan de la siguiente tabla:
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Categoría de soluciones de digitalización |
Meses de prestación del servicio |
Ayudas por segmento para las categorías de soluciones de digitalización |
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Segmento III 0<X<3 empleados |
Segmento II 3≤X<10 empleados |
Segmento I 10≤X<50 empleados |
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Sitio Web y Presencia básica en Internet. |
12 |
2.000 euros |
2.000 euros |
2.000 euros |
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Comercio electrónico. |
12 |
2.000 euros |
2.000 euros |
2.000 euros |
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Gestión de Redes Sociales. |
12 |
2.000 euros |
2.500 euros |
2.500 euros |
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Gestión de Clientes. |
12 |
2.000 euros (Incluye 1 usuario) |
2.000 euros (Incluye 1 usuario) |
4.000 euros (Incluye 3 usuarios) |
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Business Intelligence y Analítica. |
12 |
1.500 euros (Incluye 1 usuario) |
2.000 euros (Incluye 1 usuario) |
4.000 euros (Incluye 3 usuarios) |
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Gestión de Procesos. |
12 |
2.000 euros (Incluye 1 usuario) |
3.000 euros (Incluye 3 usuarios) |
6.000 euros (Incluye 10 usuarios) |
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Factura Electrónica. |
12 |
1.000 euros (Incluye 1 usuario) |
2.000 euros (Incluye 3 usuarios) |
2.000 euros (Incluye 3 usuarios) |
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Servicios y herramientas de Oficina Virtual. |
12 |
250 euros/usuario |
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(Hasta 2 usuarios) |
(Hasta 9 usuarios) |
(Hasta 48 usuarios) |
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Comunicaciones Seguras. |
12 |
125 euros/usuario |
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(Hasta 2 usuarios) |
(Hasta 9 usuarios) |
(Hasta 48 usuarios) |
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Ciberseguridad. |
12 |
125 euros/dispositivo |
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(Hasta 2 dispositivos) |
(Hasta 9 dispositivos) |
Dispositivo (Hasta 48 dispositivos) |
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Presencia avanzada en Internet. |
12 |
2.000 euros |
2.000 |
2.000 euros |
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Marketplace. |
12 |
2.000 euros |
2.000 euros |
2.000 euros |
Tras la concesión de la subvención, y para poder ejercer el derecho de cobro de la misma, que no será efectivo hasta su correcta justificación, el beneficiario deberá seleccionar y contratar la solución o soluciones de digitalización que desee adoptar de entre las disponibles en este catálogo y, una vez contratada/-as, firmar junto con su Agente Digitalizador Adherido la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización y aceptar sus condiciones, para todo lo cual cuenta con un plazo de 6 meses desde la notificación de la concesión de la ayuda.
A partir de ahí, la ejecución de la actividad subvencionada se realizará en dos fases:
-Una primera fase con un plazo máximo de 3 meses desde la validación del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización para realizar la instalación, y desarrollo en su caso, de la solución, así como la emisión de la factura por parte del Agente Digitalizador Adherido, previa conformidad del beneficiario.
-Una segunda fase con un plazo de 12 meses desde la fecha de emisión de la factura por el Agente Digitalizador Adherido para realizar el mantenimiento de la solución de digitalización, así como la prestación de un servicio de soporte y la impartición al beneficiario de la formación necesaria que le permita la adquisición de conocimientos básicos para su gestión.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 2 de septiembre de 2022 a las 11:00 horas y finalizará el 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas -el plazo inicial de doce meses se ha ampliado por la Resolución de 28 de febrero de 2023 de la entidad pública Red.es-. No obstante, este plazo podría concluir antes si se agotara el presupuesto que tiene asignado el Plan.
Para todo lo demás, estas ayudas se rigen por lo establecido en las bases de la convocatoria del plan, cuya exégesis puede consultarse a continuación.
Más información de interés

Si está interesado en ampliar esta información puede consultar nuestro portal sobre el Plan de Recuperación Europeo o ponerse en contacto con nuestro equipo especializado en asesoramiento y tramitación de ayudas públicas, llamando al 91 319 60 62 o escribiendo a la dirección de correo ayudaspublicas@garrido.es.