El Boletín Oficial del Estado de 9 de noviembre de 2023 contenía la publicación de cuatro reales decretos que vienen a completar la reforma de los mercados de valores iniciada el pasado marzo con la aprobación de la nueva Ley del Mercado de Valores –Ley 6/2023 (Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión)-, que vino a mejorar su regulación, con el objetivo de modernizar su operativa e incrementar su competitividad -ver comentario relacionado-.

Con su desarrollo reglamentario se pretende ahora fomentar el aumento de su competitividad, facilitar la financiación empresarial y reforzar la protección de los inversores.

Los nuevos reglamentos vienen también a completar la transposición a la normativa española de diversas directivas comunitarias.

En concreto, ¿qué medidas se han llevado a cabo para mejorar la capacidad de los mercados de valores para financiar a las empresas españolas?

-Se ha aprobado el Real Decreto 814/2023 (Instrumentos financieros, admisión a negociación, registro de valores negociables e infraestructuras de mercado), que aúna en un solo texto la legislación aplicable, hasta ahora recogida de manera dispersa, lo que permitirá a los operadores acudir más fácilmente a los mercados de capitales, mejorando la capacidad de financiación no bancaria de las empresas.

Con ese mismo objetivo, se simplifican algunos procedimientos y se eliminan cargas administrativas redundantes para facilitar la atracción de inversiones.

Para ello se simplifica el proceso de emisión a negociación de valores de renta fija, y se eliminan determinadas obligaciones de información redundantes en el proceso de compensación y liquidación de valores. También con ello se alinea la regulación nacional con la normativa comunitaria y la de los países de nuestro entorno.

-Por su parte, el Real Decreto 816/2023 (Modifica el Reglamento de desarrollo de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva) completa las reformas establecidas en la Ley del Mercado de Valores y en la Ley Crea y Crece para impulsar el capital riesgo y la inversión colectiva como medios de financiación empresarial alternativa a la bancaria.

Esta norma facilita también el desarrollo de las finanzas sostenibles al establecer que las sociedades gestoras de fondos deban tener en cuenta los riesgos de sostenibilidad de forma transversal en sus actividades.

-El Real Decreto 813/2023 (Régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión) desarrolla, conforme a la normativa europea, un régimen de supervisión prudencial adaptado a estas empresas, teniendo en cuenta las particularidades de su modelo de negocio y aplicando el principio de proporcionalidad.

En particular, se recoge el marco en el que las empresas de asesoramiento financiero nacional podrán seguir prestando servicios sin pasaporte con requisitos financieros específicos. El objetivo es preservar la función que desempeñan estas empresas, poniendo en valor el asesoramiento y servicio especializado que prestan.

-Finalmente, en el Real Decreto 815/2023 (Desarrollo de la Ley 6/2023, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, en relación con los registros oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la cooperación con otras autoridades y la supervisión de empresas de servicios de inversión) regula la actuación de la CNMV en relación con los registros oficiales, el intercambio de información y la aplicación de la supervisión prudencial de las empresas de servicios de inversión.

Así fue presentado durante el Consejo de Ministros del pasado 7 de noviembre.

 

Fuente: Moncloa 07/11/2023

 

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