Radio Televisión Canaria quiso contar con la opinión profesional de nuestro Departamento Jurídico- Laboral para hablar de las condiciones de trabajo de las personas que trabajan al aire libre durante los periodos de tiempo en que estamos afectados por situaciones meteorológicas adversas como son las olas de calor propias del verano.
La alerta naranja o roja de la AEMET o del órgano autonómico competente es el detonante que activa la obligación de las empresas para tomar medidas, como recordó Carlos Corrales Carazo, asociado sénior de nuestro Departamento Jurídico Laboral, entrevistado para los informativos de la cadena.
En efecto, desde el pasado 13 de mayo, el Real Decreto- Ley 4/2023 modificó nuestra normativa de prevención de riesgos laborales para establecer una nueva obligación para las empresas dirigida a que estas tuvieran previstas las medidas adecuadas para que sus trabajadores en el exterior prestaran servicios en condiciones adecuadas durante estas situaciones de dificultad meteorológica.
Así, deberán tener previstas en sus planes de prevención las medidas a adoptar, vinculadas a los diferentes puestos de trabajo, e incluso en consideración a las circunstancias personales y de salud conocidas de cada trabajador, habilitándose también la posibilidad de llegar a soluciones más extremas como la modificación e incluso la suspensión de la jornada de trabajo, si la situación meteorológica lo aconsejara.
Precisamente, el cumplimiento de esta nueva obligación está siendo objeto de especial comprobación por parte de la Inspección de Trabajo, como señala la noticia, siendo constatable la apertura de numerosos procedimientos derivados de estas situaciones.
No puede perderse de vista que se trata de una nueva obligación, que las empresas deben cumplir y que está asociada a importantes sanciones que bien evitarse establecimiento las adecuadas medidas de control.