La nueva Ley de empleo contiene dos modificaciones del Estatuto de los Trabajadores (ET) en el siguiente sentido:

 

Recuperación del control público en los despidos colectivos

Se modifica la norma -art. 51.2 ET- para establecer que el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social deberá pronunciarse también sobre la concurrencia de las causas especificadas por la empresa en la comunicación inicial y constatar si la documentación presentada por esta se ajusta a la exigida en función de la causa concreta alegada para despedir.

Se trata de un control extra para las empresas que deciden acudir este tipo de fórmulas, evidentemente más garantista desde el punto de vista de los trabajadores.

 

Reforzamiento de la garantía legal de inembargabilidad del SMI

Más allá de la declaración en la redacción original, que declaraba simplemente la inembargabilidad, la nueva redacción que se da al art. 27 ET viene a establecer que, a esos efectos, se tendrán en cuenta tanto el periodo de devengo como la forma de cómputo, se incluya o no el prorrateo de las pagas extraordinarias, garantizándose la inembargabilidad de la cuantía que resulte en cada caso.

En especial, si junto con el salario mensual se percibiese una gratificación o paga extraordinaria, el límite de inembargabilidad estaría constituido por el doble del importe del salario mínimo interprofesional mensual y en el caso de que en el salario mensual percibido estuviera incluida la parte proporcional de las pagas o gratificaciones extraordinarias, el límite de inembargabilidad estaría constituido por el importe del salario mínimo interprofesional en cómputo anual prorrateado entre doce meses.

La nueva redacción integra parcialmente lo dispuesto en el ET junto con lo que dispone la Ley de enjuiciamiento civil (LEC) en su art.  607 y lleva a la norma la interpretación que los tribunales venían manteniendo respecto de la inembargabilidad en los supuestos de percepción de pagas extraordinarias.

En definitiva, mayor claridad y por tanto seguridad jurídica en lo que a esta cuestión se refiere.

 

[Ley 3/2023, de 28 de febrero, de empleo (BOE de 1 de marzo de 2023)]

 

Departamento de Documentación de Garrido

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