Se establecen criterios de admisión más inclusivos para los titulares de la Tarjeta azul-UE
A través de la Ley 14/2023 que comentamos en esta ocasión, se transpone de forma parcial la Directiva (UE) 2021/1883 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2021, relativa a las condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países con fines de empleo de alta cualificación.
La citada directiva mantuvo los regímenes nacionales paralelos de atracción de talento que contenía la directiva anterior -Directiva 2009/50/CE del Consejo (Condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países para fines de empleo altamente cualificado-, a la cual derogaba, e incorporó varios elementos orientados a mejorar la efectividad del régimen europeo de Tarjeta azul-UE frente a la aquella, favoreciendo globalmente el atractivo de la Unión Europea en la carrera internacional por el talento.
Su plazo de transposición finaliza el 18 de noviembre de 2023, por lo que es necesario incorporar las previsiones de la mencionada directiva a la legislación interna, lo que se materializa de forma parcial en la ley que se comenta, quedando pendiente la introducción de excepciones a la aplicación del estatuto de residente de larga duración y a la expedición de autorizaciones de residencia autónomas a los miembros de la familia de los titulares de la Tarjeta azul-UE.
La trasposición se materializa en una serie de modificaciones de la Ley 14/2013 (Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización) estableciéndose, en términos generales, la complementariedad del régimen nacional de autorización de entrada y residencia de profesionales altamente cualificados respecto al régimen de Tarjeta azul-UE -de hecho, se establecen dos posibles modalidades de autorización, en función de la actividad que se vaya a desarrollar en España y de la cualificación exigida para dicha actividad:
-La autorización de residencia para profesionales altamente cualificados titulares de una Tarjeta azul-UE, que procederá cuando los trabajadores extranjeros vayan a desempeñar una actividad laboral para la que se requiera contar con una cualificación derivada de una formación de enseñanza superior de duración mínima de tres años y equivalente al menos al Nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, correspondiente con el nivel 6 del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente y mismo nivel del Marco Europeo de Cualificaciones (EQF), o acrediten un mínimo de cinco años (3 años en el caso de profesionales y directores de tecnología de la información y las comunicaciones) de conocimientos, capacidades y competencias avalados por una experiencia profesional que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación y que sea pertinente para la profesión o sector especificado en el contrato de trabajo o en la oferta firme de empleo.
-La autorización de residencia nacional para profesionales altamente cualificados, que procederá cuando los trabajadores extranjeros vayan a desempeñar una actividad laboral o profesional para la que se requiera contar con una titulación equiparable al menos al nivel 1 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, correspondiente con el nivel 5A del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente, o conocimientos, capacidades y competencias avaladas por una experiencia profesional de al menos tres años que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación.
La validez de la autorización de residencia será de tres años, o igual a la duración del contrato más un periodo adicional de tres meses en el caso de que la duración del contrato sea inferior a tres años, no pudiendo superar la validez de la autorización más de tres años. No obstante, durante los sesenta días anteriores al fin de la vigencia de la autorización de residencia se podrá solicitar su renovación por dos años si se mantienen los requisitos que generaron el derecho, pudiendo obtener la residencia de larga duración a los cinco años cuando se cumplan los requisitos previstos para ello.
El objetivo de todo ello es el establecimiento de criterios de admisión más inclusivos para los titulares de la Tarjeta azul-UE, la facilitación de la movilidad y la reagrupación familiar dentro de la Unión Europea, la concesión de un nivel más elevado de acceso al mercado laboral y la ampliación del ámbito de aplicación a los familiares extracomunitarios de ciudadanos de la Unión Europea y a los beneficiarios de protección internacional.
Entre los principales logros de esta normativa se encuentran la ampliación del marco subjetivo a titulados de formación profesional de grado superior, la eliminación de requisitos de tamaño y facturación de los empleadores, ampliando su alcance a pequeñas y medianas empresas, y la ampliación de la vigencia de todas las autorizaciones de residencia reguladas en la ley a tres años renovables por dos más.
[Ley 11/2023 (Trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales) (BOE de 9 de mayo de 2023)]
Departamento de Documentación de Garrido