La nueva regulación sobre la extinción del contrato por incapacidad permanente, en grandes titulares, elimina la automaticidad que aplicaba hasta la fecha, y condiciona la extinción a la voluntad del trabajador y a la posibilidad de adaptar el puesto o reubicarlo en otro compatible.
La reforma representa, por tanto, un cambio de perspectiva, que prioriza la continuidad del empleo frente a su extinción, y obliga al empresario a implementar ajustes razonables. No obstante, la norma presenta ambigüedades e incongruencias que dificultan su interpretación y aplicación.
Precisamente a su análisis ha dedicado nuestro of counsel José Luis Goñi un estudio monográfico que publica en Diario La Ley con el objetivo de hacer punto crítico sobre los interrogantes que, sobre la ordenación interna de las medidas de ajuste, la forma de llevar a cabo esos ajustes, el papel de los servicios de prevención, y las consecuencias de la no adopción de los ajustes razonables, plantea la nueva redacción del Estatuto de los Trabajadores.