Un cibertaque no es uno de esos riesgos previsibles y evitables que asume la empresa en la gestión de su actividad económica.

Así lo ha considerado recientemente el Tribunal Supremo en una sentencia primigenia sobre esta cuestión que nuestro of counsel José Luis Goñi ha querido analizar para los lectores de Expansión.

El ERTE de fuerza mayor por ataque cibernético no está previsto específicamente en nuestra legislación, pero las circunstancias que concurren en él permiten su encaje en el supuesto legal que exoneraría a la empresa de abonar el salario a sus trabajadores.

Eso sí, esta conclusión no es predicable de cualquier cibertaque, sino que deben concurrir una serie de premisas que se analizan en el artículo y que, por supuesto, pasan por la necesidad de que la diligencia de la empresa en su defensa frente a este tipo de ataques quede acreditada.

Solo entonces el SEPE saldrá al rescate de las empresas, abonando las prestaciones por desempleo durante la suspensión del contrato.

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