Con el objetivo de mantener la estabilidad del tejido económico que estas explotaciones sostienen en todo el territorio nacional se aprueba a través del Real Decreto-ley 6/2022 (Medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania) una línea de ayudas dirigidas tendentes a cubrir el coste derivado del deterioro de sus márgenes, que compromete su viabilidad y su valor medioambiental, su elevada exposición a los mercados internacionales y la repercusión de las disrupciones en el comercio mundial.

Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones de producción de leche, entendiendo como tales a los titulares de explotaciones de ganado vacuno, ovino o caprino dedicadas a la producción de leche que figuren como tales en el Registro General de Explotaciones Ganaderas y tengan acreditada su actividad en el último año por haber declarado entregas o venta directa de leche al Sistema Unificado de información del sector lácteo (INFOLAC) en 2021.

El importe de las ayudas se determinará de acuerdo con los siguientes criterios e importes unitarios:

Producción de leche de vaca

210 euros por vaca hasta un máximo de 40 animales por beneficiario.

140 euros por vaca para los animales por beneficiario comprendidos en un número adicional entre 41 y 180.

100 euros por vaca para los animales por beneficiario comprendidos en un número adicional superior a 180.

Producción de leche de oveja

15 euros por oveja.

Producción de leche de cabra

10 euros por cabra.

 

No obstante, en caso de que con estos importes se superase el importe estimado para cada grupo de productores, estos se podrán alterar siempre que no se supere la cuantía total máxima de la ayuda. Y si no resultara posible la alteración mencionada, se realizará un ajuste lineal de los importes unitarios.

Asimismo, el número de cabezas de ganado de cada beneficiario se determinará de oficio por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y será el que se haya establecido para el cobro de las ayudas asociadas al sector de la leche de vaca, y al sector ovino y caprino.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicará en su sede electrónica, como muy tarde el 29 de abril de 2022, la relación de titulares de las que concurran los requisitos de actividad requeridos, así como el número de cabezas de ganado computadas y la cuantía provisional de la ayuda a recibir. A partir de ahí, los beneficiarios dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para rechazar la ayuda y los beneficiarios, o aquellos interesados que no figuren en la relación, dispondrán del mismo plazo para alegar lo que proceda en su derecho.

El órgano encargado de la instrucción de estas ayudas será la que determine el órgano del FEGA que determine su Presidente y se concederán de oficio por resolución del Presidente del FEGA.

 

Más información de interés

 

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