El Real Decreto-ley 6/2022 (Medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania) aprueba una línea de ayudas directas a la industria intensiva en consumo de gas, correspondientes a 2022.
Los beneficiarios de estas ayudas serán las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica o autónomos, que tengan domicilio fiscal en territorio español, que hayan realizado durante 2021 al menos una de las siguientes actividades y continúen en su ejercicio en el momento de la solicitud:
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Cód. CNAE2009
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Título CNAE2009 |
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171 |
Fabricación de pasta papelera, papel y cartón. |
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206 |
Fabricación de fibras artificiales y sintéticas. |
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231 |
Fabricación de vidrio y productos de vidrio. |
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232 |
Fabricación de otros productos cerámicos refractarios. |
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233 |
Fabricación de productos cerámicos para la construcción. |
El importe de las ayudas para cada beneficiario consistirá en una cantidad, dependiendo de su CNAE, multiplicada por su número de empleados -si no tuviera ningún empleado, la ayuda consistirá en la cantidad correspondiente a un empleado-, con una cuantía máxima de 400.000 euros por beneficiario. La cantidad por empleado en cada CNAE será la siguiente:
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Cód. CNAE2009
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Título CNAE2009 |
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171, 206 y 231 |
2600 |
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232 y 233 |
5000 |
La solicitud se presentará en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, rellenando el formulario electrónico que a tal efecto ponga a disposición la AEAT.
El plazo de presentación del formulario finalizará el 30 de abril de 2022.
Más información de interés
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