El Real Decreto-ley 6/2022 (Medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania) aprueba una línea de ayudas directas a la industria intensiva en consumo de gas, correspondientes a 2022.

Los beneficiarios de estas ayudas serán las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica o autónomos, que tengan domicilio fiscal en territorio español, que hayan realizado durante 2021 al menos una de las siguientes actividades y continúen en su ejercicio en el momento de la solicitud:

 

Cód. CNAE2009

 

Título CNAE2009

171

Fabricación de pasta papelera, papel y cartón.

206

Fabricación de fibras artificiales y sintéticas.

231

Fabricación de vidrio y productos de vidrio.

232

Fabricación de otros productos cerámicos refractarios.

233

Fabricación de productos cerámicos para la construcción.

El importe de las ayudas para cada beneficiario consistirá en una cantidad, dependiendo de su CNAE, multiplicada por su número de empleados -si no tuviera ningún empleado, la ayuda consistirá en la cantidad correspondiente a un empleado-, con una cuantía máxima de 400.000 euros por beneficiario. La cantidad por empleado en cada CNAE será la siguiente:

 

Cód. CNAE2009

 

Título CNAE2009

171, 206 y 231

2600

232 y 233

5000

La solicitud se presentará en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, rellenando el formulario electrónico que a tal efecto ponga a disposición la AEAT.

El plazo de presentación del formulario finalizará el 30 de abril de 2022.

 

Más información de interés

 

Si está interesado en ampliar esta información puede consultar nuestro ponerse en contacto con nuestro equipo especializado en asesoramiento y tramitación de ayudas públicas, llamando al 91 319 60 62 o escribiendo a la dirección de correo ayudaspublicas@garrido.es.

 

 

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