El Ministerio de Economía actualiza la clasificación de actividades económicas con un objetivo de actualización, homogeneización con las clasificaciones internacionales y, en definitiva, mejora de la información estadística que manejamos tanto a nivel público como privado
El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa ha aprobado una nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas, la CNAE-2025, que, como se explica a continuación, no viene a sustituir sino a complementar a la anterior CNAE-2009.
El objetivo de actualizar dicha clasificación es incluir en ella las nuevas actividades económicas que hoy es posible realizar gracias a los avances estructurales, científicos y tecnológicos a que está siendo sometido el mercado económico.
En efecto, la globalización y la digitalización han cambiado la forma en que muchas actividades proporcionan bienes y servicios -hay actividades que han cobrado importancia en el mercado económico, mientras otras la han perdido, explica la norma-; además las nuevas tecnologías de la información o la protección del medio ambiente han dado lugar al desarrollo de nuevas actividades que necesitan su reflejo en la CNAE.
La revisión de la clasificación, por otra parte, es un ejemplo más de los esfuerzos por modernizar la producción de las estadísticas oficiales, al objeto de que tanto las Administraciones públicas como los operadores privados tengamos a nuestra disposición datos fiables y comparables tanto en el ámbito nacional como internacional.
Y es que, “la comparabilidad internacional de las estadísticas requiere que los países utilicen clasificaciones de actividades económicas que sigan las recomendaciones internacionales”. Así, la nueva CNAE responde, una vez más, a nuestros compromisos europeos, al cumplir con los requerimientos que nos obligan desde la legislación de la Unión Europea que, a su vez, sigue las recomendaciones adoptadas por la Comisión de Estadística de Naciones Unidas materializadas en la Clasificación Internacional Industrial Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU Rev.5), revisada recientemente.
El real decreto a través del que se aprueba la nueva CNAE no incluye cláusulas derogatorias, en particular, en referencia con la CNAE-2009, pues se mantiene la validez de ésta para datos ya recogidos en relación con diversos aspectos de las estadísticas oficiales. Para fines estadísticos, justifica la norma, es precisa la convivencia en el uso de ambas versiones de la clasificación durante un tiempo. Para fines no estadísticos deberán promulgarse disposiciones normativas sectoriales que indiquen la versión de la clasificación que deberá usarse en cada caso, señala también.
Obligación de comunicar la codificación de la actividad económica a la TGSS
Con el fin de dar cumplimiento al artículo 6.a), para su inclusión en los registros administrativos de la Tesorería General de la Seguridad Social identificativos de los sujetos responsables de la obligación del ingreso de las cuotas de la Seguridad Social, deberán comunicar a la TGSS, conforme a los procedimientos que esta establezca, la siguiente información:
-Los sujetos responsables que ya consten en sus registros a 16 de enero de 2025 -fecha de entrada en vigor del real decreto-, deberán comunicar la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025 antes del 30 de junio de 2025.
-Los sujetos responsables que se incorporen a sus registros a partir de esa fecha deberán comunicar en el momento de su incorporación la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025.
-Unos y otros deberán comunicar, igualmente, la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2009 para el periodo de tiempo que transcurra desde 16 de enero de 2025 hasta la entrada en vigor de la legislación de la Seguridad Social que establezca la tarifa de primas para la cotización al sistema de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales adaptada a la CNAE-2025.
Para acceder al contenido de la clasificación, pinche en el siguiente enlace:
[Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025) (BOE de 15 de enero de 2025)]
Departamento de Documentación de Garrido