El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha publicado las bases de un nuevo programa de ayudas dirigidas a apoyar la digitalización de nuestras empresas.

Se trata del Programa agentes del cambio – Kit Consulting, un nuevo programa de ayudas que se canalizará, como otros anteriores, a través un colectivo de profesionales especializados en digitalización -los Asesores Digitales Adheridos-, que apoyarán con sus servicios a las Pymes españolas en su transformación digital.

Los servicios subvencionables están determinados en el correspondiente catálogo de servicios asociado al programa y deben poder ser incluidos en cualquiera de estas categorías:

-Servicios de asesoramiento en inteligencia artificial: enfocados a Pymes que no cuentan con un plan de inteligencia artificial (IA), por lo que a través de la inversión establecerán las medidas necesarias para su adopción.

-Servicios de asesoramiento en análisis de datos (básico): enfocados a Pymes que no cuentan con un plan de análisis de datos adaptado a su negocio, al objeto de establecer las medidas necesarias para su adopción.

-Servicios de asesoramiento en análisis de datos (avanzado), que permitirán adoptar las medidas necesarias para establecer un sistema avanzado de análisis de datos en las Pymes que ya cuentan con un sistema de análisis de datos básico.

-Servicios de asesoramiento en ventas digitales, con el objetivo de establecer la inversión necesaria y las técnicas de marketing digital, incluyendo el aprovechamiento de tecnologías de inteligencia artificial, que mejoren el rendimiento de las ventas en línea, y la realización de un caso de uso adaptado al negocio en el área de ventas digitales.

-Servicios de asesoramiento en procesos de negocio o proceso de producción. Estos servicios tienen como objetivo identificar las áreas de mejora y optimización en los procesos empresariales actuales y la definición de un plan de mejora de procesos adaptado al negocio en áreas clave (RRHH, económico-financiero, operación, producto, clientes, etc.), haciendo uso de técnicas relacionadas con la inteligencia artificial.

-Servicios de asesoramiento en estrategia y rendimiento de negocio, enfocados a empresas que buscan implementar una estrategia de negocio para mejorar su posicionamiento competitivo, a las que se apoyará definiendo la inversión necesaria, y seleccionando las herramientas adecuadas, aprovechando tecnologías de inteligencia artificial.

-Servicios de asesoramiento en ciberseguridad (básico): plan pensado para Pymes que no disponen de una protección básica o que, aun teniéndola, no cuentan con un plan de ciberseguridad adaptado a la actividad económica desarrollada.

-Servicios de asesoramiento en ciberseguridad (avanzado), dirigido a empresas que disponen de una protección básica y un plan de seguridad adaptado y la estructura documental básica de SGSI (según ISO 27001 y ENS media-alta) y que quieren implementar sistemas de protección avanzada, aprovechando las capacidades de la inteligencia artificial.

-Servicios de asesoramiento «360» en Transformación Digital, enfocados a empresas que buscan realizar una transformación digital adaptada a su negocio, definiendo claramente la inversión necesaria y las medidas estratégicas requeridas para evolucionar digitalmente en todas las áreas de impacto de la organización y, una vez más, aprovechando tecnologías innovadoras como la inteligencia artificial para identificar oportunidades de mejora y optimización en el proceso de transformación.

Las actividades desarrollas y la documentación técnica generada han de ser trabajos originales, con resultados particularmente adaptados a cada empresa.

No se considerarán subvencionables el Impuesto sobre el Valor Añadido, el Impuesto General Indirecto Canario ni el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación que se devenguen en la adopción de servicios de asesoramiento para la transformación digital de las PYMEs. Tampoco lo serán:

-Las soluciones de digitalización adquiridas por el beneficiario, ni los costes asociados a la parametrización básica de herramientas o soluciones de digitalización que se hubieren adquirido. 

-Los costes derivados de la formación a usuarios en relación a la parametrización de soluciones de digitalización.

-Otros como los servicios de telecomunicación y conectividad a Internet, hardwares, tributos, intereses y gatos financieros, gastos de litigación, gastos de infraestructura y obra civil o terrenos.

Las ayudas que se denominarán «bono asesoramiento digital» podrán otorgarse por las siguientes cuantías:

 

Segmentos de beneficiarios     

Importe del “bono asesoramiento digital”

Segmento A. Empresas entre 10 menos de 50 empleados.

12.000 euros

Segmento B. Empresas entre 50 y menos de 100 empleados.

18.000 euros

Segmento C. Empresas entre 100 y menos de 250 empleados.

24.000 euros

 

Los importes máximos de ayuda por categoría de servicios de asesoramiento y segmento son los siguientes:

 

 

Categoría de servicio de asesoramiento

Segmento A

10 < 50 empleados

Euros

Segmento B

50 < 100 empleados

Euros

Segmento C

100 < 250 empleados

Euros

Servicio de asesoramiento en inteligencia artificial

6.000

6.000

6.000

Servicio de asesoramiento en análisis de datos (básico)

6.000

6.000

6.000

Servicio de asesoramiento en análisis de datos (avanzado)

6.000

6.000

6.000

Servicio de asesoramiento en ventas digitales

6.000

6.000

6.000

Servicio de asesoramiento en procesos de negocio o proceso de producción

6.000

6.000

6.000

Servicio de asesoramiento en estrategia y rendimiento de negocio

6.000

6.000

6.000

Servicio de asesoramiento en ciberseguridad (básico)

6.000

6.000

6.000

Servicio de asesoramiento en ciberseguridad (avanzado)

6.000

6.000

6.000

Servicio de asesoramiento en ciberseguridad (preparación para certificación)

6.000

 

6.000

6.000

Servicio de asesoramiento «360» en transformación digital

6.000

 

6.000

6.000

 

Los beneficiarios abonarán el precio del servicio de asesoramiento que contraten, dentro de los incluidos en el Catálogo de Servicios de Asesoramiento del Programa, mediante la cesión, parcial o total, del derecho al cobro de la subvención concedida («Bono de Asesoramiento Digital») a los Asesores Digitales Adheridos para dar el servicio, que tendrán la obligación de aceptarla. Esta cesión del derecho al cobro de la subvención pública concedida se pactará, por los importes correspondientes, en los correspondientes Acuerdos de Prestación de Servicios de Asesoramiento.

El pago de las ayudas se realizará a los propios Asesores Digitales Adheridos con los que se haya concertado la prestación de los servicios, una vez justificada y comprobada ésta.

El plazo de presentación de solicitudes, según se ha establecido en la publicación posterior de la convocatoria, finalizará el 31 de diciembre de 2024, salvo agotamiento del crédito presupuestario asignado.

Estas ayudas tienen la consideración de subvención directa mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva y se concederán conforme al orden de presentación de solicitudes.

 

Si está interesado en ampliar esta información puede consultar nuestro portal sobre el Plan de Recuperación Europeo o ponerse en contacto con nuestro equipo especializado en asesoramiento y tramitación de ayudas públicas, llamando al 91 319 60 62 o escribiendo a la dirección de correo ayudaspublicas@garrido.es.

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