Simulaciones de residencia, control sobre la titularidad de inmuebles, el control de las operaciones realizadas mediante instrumentos electrónicos, la utilización abusiva de la personalidad jurídica para canalizar rentas y la comprobación del cumplimiento de los nuevos gravámenes establecidos a finales de 2022 son los ejes principales de sus actuaciones de control tributario a lo largo del ejercicio
La publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de las Directrices que regirán el Plan de Control Tributario y Aduanero de 2023 ha ido acompañada de la publicación de una nota de prensa por parte de la propia Agencia Tributaria -puede consultarse al final de este resumen-que explica las claves conforme a las cuales van a desarrollarse las mismas, entre las que destacan las siguientes:
Ejes del control sobre el cumplimiento tributario
Según anuncia, la Agencia Tributaria impulsará este año el control sobre ciudadanos residentes en España que declaran sus rentas a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) para rebajar artificialmente su factura fiscal, aprovechando los tipos impositivos más bajos que ese impuesto puede llegar a tener respecto de los que corresponderían en el IRPF. Se trata en definitiva, de reforzar el control de este tipo de fraude relativo a los “falsos no residentes” que, aprovechando el ajuste entre los dos impuestos y las dificultades que plantea controlar el arraigo en territorio español, atraen para si el disfrute de un régimen fiscal que no les corresponde.
En esta misma línea, también se anuncia el control en los supuestos de simulación de residencia en CCAA diferentes de la real, así como en la explotación de la información disponible sobre titulares reales de sociedades opacas con inmuebles residenciales de alto nivel. De igual forma, se ejecutarán planes específicos en relación con la titularidad indirecta de inmuebles por parte de no residentes, a efectos de su correcta imposición patrimonial, anuncia la Agencia Tributaria.
En otro orden de cosas, y también dentro del ámbito de la prevención del fraude se seguirán destinando recursos a la reducción del número de no declarantes del IRPF mediante campañas de avisos durante el periodo de declaración, o la realización de un control temprano a la entrada de nuevos contribuyentes en el censo tributario y, en particular, cuando se trate de entidades controladas de manera efectiva por contribuyentes que desarrollaron conductas tributarias reprochables en el pasado, sobre las que se anuncia se pretende realizar un seguimiento más exhaustivo al objeto de prevenir posibles incumplimientos tributarios futuros.
Otra de las líneas de actuación la representa la revisión de procedimientos sancionadores, especialmente en aquellos casos de presentación de autoliquidaciones sin ingresos fuera de plazo, que no ocasionan perjuicio económico a la Administración tributaria.
La construcción, rehabilitación y reformas de inmuebles serán los sectores en los que principalmente se desarrollarán actuaciones de control de la economía sumergida.
La utilización de medios electrónicos como instrumento facilitador del fraude fiscal
Otra de las grandes prioridades es el refuerzo de actuaciones en relación con titulares de actividades económicas que hacen uso de los denominados ‘pagos virtuales’, y específicamente con el empleo de métodos electrónicos de pago radicados en el extranjero a través de entidades que no participan de las obligaciones nacionales de suministro de información financiera.
En esta línea, ocupa un lugar prioritario en la línea de control la investigación del uso de las monedas virtuales. En especial, se señala, más allá de las habituales menciones a la necesidad de comprobar su correcta tributación, este año se subraya la intención del Área de Recaudación de potenciar las actuaciones de localización de criptoactivos susceptibles de embargo.
Los habituales precios de transferencia
La labor de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes y las distintas delegaciones territoriales, con el apoyo de la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional y su diseño de una ‘estrategia 360’ en materia de precios de transferencia, ha permitido intensificar en los últimos años el control sobre los riesgos fiscales que se derivan de la incorrecta fijación de los precios de las operaciones vinculadas en las multinacionales, señala la Agencia Tributaria.
Pues bien, todo ello se intensificará con el impulso previsto de las inspecciones conjuntas con otras Administraciones tributarias y complementado con una búsqueda del cumplimiento a largo plazo mediante la firma de acuerdos previos de valoración.
Abuso de la personalidad jurídica para canalizar rentas y desviar gastos
El control sobre el uso abusivo de la personalidad jurídica para canalizar rentas y desviar gastos de personas físicas, o las referidas a la comprobación de entidades instrumentales para la emisión de facturas irregulares a utilizar por sociedades operativas, siguen siendo objetivo de las actuaciones de la Agencia Tributaria.
No obstante, las agrupaciones de interés económico en aquellos supuestos en que hayan servido como vehículos para trasladar y comercializar beneficios fiscales a terceros inversores se presentan como el objetivo principal de esta línea de control para este año.
Evidentemente, las actuaciones llegarán hasta el análisis y la comprobación de la situación tributaria de los partícipes o socios de las entidades interpuestas y especialmente se atenderá a la venta en serie de estas estructuras de aprovechamiento de beneficios fiscales, cuando se aparten de la ley, sean claramente abusivas o se basen en presupuestos de hecho simulados o artificialmente inflados, advierte la Agencia Tributaria.
Los nuevos gravámenes energéticos y el Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas
No podía faltar la referencia a las nuevas figuras: la Agencia Tributaria asumirá las competencias de exacción, gestión, comprobación y recaudación respecto de los gravámenes temporales, a pesar de tratarse de una prestación patrimonial de carácter público no tributario, y ejercerá las competencias que le son propias respecto del Impuesto temporal de grandes fortunas.
[Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023) (BOE de 27 de febrero de 2023)] y Nota de prensa del Ministerio de Hacienda de 27 de febrero de 2023
Departamento de Documentación de Garrido