El mecanismo conocido como “Ley de segunda oportunidad” sigue generando titulares pero, sobre todo, buenas noticias para los empresarios en situación personal de insolvencia que, aun con buena fe, fueron arrastrados por las deudas generadas por la actividad económica de sus empresas.

Esa fue precisamente la situación en la que llegó a encontrarse una empresaria a la que el Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid, en una reciente resolución de 10 de enero de 2024, ha exonerado de casi 6,5 millones de euros, caso en el que la asistencia letrada ha sido dirigida desde nuestro Área Concursal, por José Luis Encinar, socio responsable de la misma.

El parón de actividad que supuso el confinamiento y la asunción a título personal de las deudas y obligaciones contraídas por la empresa, en especial las laborales, derivaron en la declaración de concurso fortuito de las empresas y en la pérdida del patrimonio personal de la empresaria, contra la que se dirigieron las acciones ejecutivas de las entidades financieras tras ello.

Sin embargo, la decisión del Juzgado, que ha puesto fin al procedimiento instado por la empresaria, le brinda una nueva oportunidad económica, un nuevo comienzo desde cero, con la posibilidad incluso de poder volver a emprender.

Como se señala en el artículo que Expansión publica sobre la noticia con la firma de Ignacio Faes Reina, este mecanismo procesal que se puede instar dentro del procedimiento concursal permite a los empresarios que actúan de buena fe, cuando sus empresas se ven afectadas por situaciones de insolvencia, recuperar su salud económica y reincorporarse al tráfico económico lo que, en opinión de José Luis Encinar “más allá del beneficio que ello pueda reportar al deudor concursado, es también un beneficio para la comunidad en general, por cuanto, por qué no, también incluye la posibilidad de emprender de nuevo”.

 

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