Este año, en pleno ecuador de la campaña de renta, se ha aprobado la adaptación de los módulos a las numerosas y graves circunstancias excepcionales que han afectado a estos sectores de actividad durante 2025

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha emitido el informe que identifica las zonas geográficas afectadas durante 2025 por circunstancias excepcionales que dificultaron o imposibilitaron en ellas el desarrollo de actividades agrícolas y ganaderas respecto de las que, haciendo uso de la autorización contenida en el reglamento del IRPF, se permitirá la reducción de los índices de rendimiento neto aplicables al ejercicio por los contribuyentes acogidos al método de estimación objetiva en el IRPF, con efectos desde 19 de mayo de 2026.

La reducción correspondiente a cada actividad y zona geográfica puede consultarse en el siguiente enlace:

 

[Orden HAC/484/2026, de 14 de mayo, por la que se modifican para el período impositivo 2025 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales (BOE de 18 de mayo de 2026)]

 

Departamento de Documentación de Garrido

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