Sin cortapisas. Así lo señala la propia Dirección General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2024, publicado en el BOE el pasado 29 de febrero. Y no es algo difícil de imaginar, ya que los requerimientos y procedimientos en torno a esta materia se han ido incrementando y sofisticando de forma totalmente progresiva en los últimos años.

El propio documento señala: La Agencia Tributaria ha venido intensificando progresivamente su actividad de gestión y control sobre los precios de transferencia de grupos multinacionales en los últimos años, desarrollando un número importante de comprobaciones inspectoras”.

Según la Agencia Tributaria, esto tiene su razón de ser tanto en la internacionalización e integración de la actividad económica a nivel mundial como en el riesgo fiscal inherente a este tipo de operaciones, todo ello, incrementado por el desarrollo de la digitalización de la economía.

Para ello, la Agencia Tributaria habla de una estrategia de 360º que interrelacione cualquier procedimiento que un contribuyente pueda tener en relación con operaciones vinculadas, haciendo especial hincapié en que todos los procedimientos tienen su principal foco en la política de precios de transferencia.

Esta estrategia se ejecutará principalmente a través de la utilización o fomento de los siguientes mecanismos:

-El sistema automatizado de riesgos de precios de transferencia, basado en toda la información sobre precios de transferencia con que cuenta la Administración, ya sea a través de información aportada por el contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones como la obtenida por otros medios tales como el intercambio de información internacional;

-La utilización de procedimientos amistosos, esto es, procedimientos llevados a cabo entre diferentes Administraciones para tratar de eliminar la doble imposición originada debido a un ajuste de precios de transferencia; y

-El fomento de los acuerdos previos de valoración de cara a dar seguridad jurídica a los contribuyentes internacionales.

Por otra parte, la Agencia Tributaria también hace una alusión expresa a la tipología de operaciones vinculadas que van a estar en el punto de mira durante este 2024.

Concretamente, señala que “Los ámbitos que, por su importancia relativa o su riesgo fiscal, continuarán siendo destacados en 2024 en precios de transferencia son: las reestructuraciones empresariales, la valoración de transmisiones o cesiones intragrupo de distintos activos, señaladamente los intangibles, la deducción de partidas que pueden erosionar significativamente la base imponible, como los pagos por cánones derivados de la cesión de intangibles o por servicios intragrupo, las operaciones fiscalmente vinculadas de carácter financiero o la existencia de pérdidas reiteradas.”

Asimismo, destaca que las actuaciones inspectoras también se centrarán en prestaciones de servicios no reconocidas o infravaloradas, cesiones de intangibles no repercutidos o aplicación indebida de reducciones de rentas.

Como puede apreciarse, las revisiones y procedimientos de inspección relacionados con operaciones vinculadas son un fenómeno que, lejos de disminuir, se encuentran en pleno auge y crecimiento para la Agencia Tributaria por diferentes motivos. Además, en consecuencia, la Agencia Tributaria cuenta cada vez con más mecanismos y conocimientos más sofisticados de cara a combatir cualquier posible controversia en esta materia.

Por todo ello, en aquellos casos en que una entidad o persona lleve a cabo operaciones con partes vinculadas que puedan tener un relativo impacto en el resultado de la misma, es recomendable llevar un control detallado de dichas operaciones y definir una política de remuneración adecuada y sin fisuras que sirva como escudo ante un posible cuestionamiento de la Administración Tributaria.

Tal como se acaba de señalar, el foco de la Administración va a estar principalmente dirigido a la política de precios de transferencia definida para según qué tipo de operaciones. Sabiendo esto y, a pesar de la imprevisibilidad de nuestra Administración, siempre es posible intentar ir un paso por delante, “si vis pacem, para bellum”, por lo que es conveniente contar con un asesoramiento adecuado que permita evitar problemas en este ámbito mediante un triple enfoque:

Prevenir mediante el desarrollo de una buena política de precios de transferencia.

Combatir mediante una buena estrategia de defensa en caso de ser cuestionados por la Administración.

Solucionar los posibles perjuicios y controversias surgidos mediante la utilización de mecanismos para evitar la doble imposición, tales como los procedimientos amistosos.

Siguiendo este triple enfoque y, contando con un buen control de las operaciones con un soporte que permita justificarlas y explicarlas de forma detallada, los contribuyentes pueden estar mejor preparados ante un posible procedimiento de estas características.

 

Elías Horcajo Meneses

Elías Horcajo Meneses

Socio del Área Fiscal. Director del Departamento de Precios de Transferencia

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