La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 28 de junio de 2022 va a obligar a reconfigurar nuestro sistema interno para la exigencia de responsabilidad patrimonial al Estado por aprobar normas contrarias al Derecho de la Unión.
Tal y como señala Pablo Gutiérrez Serrano desde nuestro Área de Derecho Público, en el artículo que publica en Expansión sobre tan trascedente pronunciamiento, ha quedado patente que con los presupuestos establecidos hasta ahora en nuestro ordenamiento el legislador autolimitó su propia responsabilidad restringiendo de manera injusta el derecho de los ciudadanos a ser resarcidos por daños que no tenían el deber jurídico de soportar.
El fallo del Tribunal de Luxemburgo ha flexibilizado esos requisitos, y de facto ha ampliado los casos en que los particulares podrán ser resarcidos por los daños sufridos como consecuencia de la actividad legislativa “negligente” al aprobar normas contrarias al Derecho de la Unión, lo que permitirá explorar nuevas posibilidades hasta ahora implanteables para obtener el resarcimiento por los daños ocasionados a los ciudadanos.