Más allá de los patrimonios relevantes convencionales, el control tributario se dirigirá hacia personas físicas que mantengan una fuerte asimetría entre el nivel de vida real y el que figura en sus declaraciones tributarias

Según ha destacado la propia Agencia Tributaria en su presentación sobre las Directrices del Plan Anual de Control Tributario, durante este año 2025 impulsará de manera preeminente la investigación y comprobación del patrimonio de las personas físicas con signos externos de riqueza en clara discrepancia con las rentas y el patrimonio que declaran.

 

¿Cómo se va a controlar la “ostentación” del patrimonio?

Según identifican las propias directrices, se trata de supuestos muy específicos, en los cuales el contribuyente mantiene un estándar de vida que no se compadece en absoluto con las rentas declaradas o el patrimonio conocido.

Para ello, estas personas suelen valerse de la utilización abusiva de sociedades instrumentales a las que desvían gastos personales, sitúan en ellas activos para su uso personal, simulan arrendamientos de bienes y servicios, o encubren rentas a través de préstamos ficticios.

En consecuencia, la Agencia Tributaria prepara una intensa campaña de análisis de esas estructuras, con el fin de atribuir a las personas físicas como rentas el importe de todos los gastos e inversiones que, siendo de su disfrute exclusivo, se estén declarando como gastos deducibles o inversiones de las estructuras que han creado con fines defraudatorios.

Por supuesto, y más allá de este caso puntual con el que “ha lanzado campaña”, la Agencia continuará realizando el análisis patrimonial tradicional de contribuyentes con alta capacidad económica, en el que se seguirá poniendo especial atención en la utilización de sociedades para la deducción de gastos personales, así como al aprovechamiento gratuito, o por precios no de mercado, de bienes de la sociedad por parte del socio y su círculo familiar.

Finalmente, el control de la simulación de la residencia fiscal tanto desde un punto de vista internacional como entre Comunidades Autónomas, tan determinante en el análisis patrimonial y el control de patrimonios relevantes, seguirá acaparando esfuerzos de control.

 

Otros objetivos del control tributario para 2025

El plan de control tributario previsto para este ejercicio 2025 también va a pivotar sobre otras líneas de actuación como las siguientes:

-El control de las contingencias tributarias más complejas, así como aquellas vinculadas a grandes empresas, grupos fiscales y patrimonios relevantes.

-La vigilancia de las operaciones que puedan esconder grandes alteraciones de patrimonio, el uso fraudulento de ventajas fiscales diseñadas para preservar la neutralidad de reestructuraciones empresariales y la ocultación de los beneficiarios reales de operaciones económicas significativas.

-El control sobre determinados colectivos, como el de aquellos empresarios o profesionales sin ingresos de tarjetas cuando los pagos por esta vía sean habituales en su sector, o sobre aquellos que simulen una actividad económica y emitan facturas irregulares, así como especialmente el de los receptores de esas facturas, que obtienen devoluciones indebidas de IVA y generan gastos ficticios.

-Análisis del papel de los inversores que participen en estructuras asociativas de financiación como las agrupaciones de interés económico, canalizadoras de beneficios fiscales.

-La regularización de las rentas o ganancias derivadas de inmuebles de contribuyentes no residentes y las infrarretenciones en las rentas de artistas y deportistas no localizados en España.

En otro orden de cosas la Agencia iniciará la adaptación de sus esquemas de devolución de retenciones de dividendos por IRNR a la directiva ‘Faster’, que contempla reglas armonizadas de emisión y validez de certificados de residencia y procedimientos para el ajuste de las retenciones practicadas, lo cual, más allá del control tributario, evitarán numerosos conflictos de litigación tributaria que han protagonizado la jurisprudencia reciente.

-El control de los sectores con alto riesgo de existencia de economía sumergida. Entre otros supuestos, el control será especialmente intenso sobre los contribuyentes que utilizan medios de pago radicados en el extranjero y que evitan las obligaciones de suministro de información a la AEAT.

Asimismo, con ocasión de la entrada en vigor de las obligaciones relativas a los sistemas informáticos de facturación para evitar el uso del ‘software de doble uso’, los planes sectoriales de visitas pondrán el énfasis en el control de las terminales de venta (TPV) y otros sistemas de facturación al público.

Y, como no, se impulsarán actuaciones de control sobre contribuyentes que hayan realizado operaciones con monedas virtuales sin declarar las rentas o ganancias derivadas de su tenencia y transmisión.

 

Mejoras del control recaudatorio en materia de embargos y concursos

Las Directrices destacan las siguientes:

-Seguimiento preventivo del riesgo de cobro asociado a delitos fiscales y de contrabando por ocultación de bienes o rentas.

-Actualización de los procedimientos de embargo para fijar unas reglas de periodicidad distintas a la mensual y tramitación más ágil y acorde a la inmediatez que requieren estos procedimientos.

-Impulso de la gestión de cobro en el ámbito concursal y la detección de concursos fraudulentos En concreto, se realizará un seguimiento especial de los concursos sin masa a estos efectos de detección del fraude y se potenciará la tramitación de acuerdos singulares, así como la aprobación de propuestas de convenio y planes de continuación, con el fin de impulsar la gestión de cobro de deudas.

 

[Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2025 (BOE de 17 de marzo de 2025)] 

 

Departamento de Documentación de Garrido

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