Es un hecho aceptado por todos que la falta de claridad en la aplicación de las normas que regulan la fiscalidad de estas operaciones lastra la capacidad de inversión de las empresas y que la incertidumbre es una constante en nuestro país.
Efectivamente, a pesar de la modificación de nuestra norma interna con el fin de aportar más claridad, la aplicación por parte de la Administración tributaria ha generado precisamente la situación contraria, lo que ha situado a las empresas en una situación de gran complejidad jurídica que Expansión ha querido analizar in extenso con los expertos tributarios.
Nuestro socio Raúl de Francisco, Director del Departamento Contencioso- Tributario de Garrido, fue invitado a participar en el Observatorio “La fiscalidad de las reestructuraciones” con el objetivo de aportar su opinión jurídica, compartiendo mesa de debate con Ishtar Sancho, socia de A&O Shearman y Anil Bharwani, socio de EY Abogados.
Análisis desde varias perspectivas pero una misma conclusión: constituir un holding en respuesta a las necesidades derivadas de la propia organización empresarial o con el mero fin de optimizar la fiscalidad empresarial no es sinónimo de fraude.
La parálisis o la falta de concreción en la respuesta de la Dirección General de Tributos a las consultas que se le plantean sobre la validez de los motivos económicos que justifican la realización de estas operaciones, la tradicional actuación a máximos por parte de la Inspección tributaria en sus comprobaciones, y la incertidumbre sobre el alcance cuantitativo y temporal de la regularización y las dificultades prácticas para determinarlo tras la reciente doctrina del Tribunal Económico- Administrativo Central no conducen a otra cosa que no sea la situación de exagerada incertidumbre en que nos encontramos.