Ya se ha presentado el informe sobre el Anteproyecto y está prevista la aprobación final de la norma para mediados de 2026, con entrada en vigor un mes después de su publicación en el BOCM

Según se ha anunciado públicamente, el Consejo de Gobierno de la Comunidad ya ha recibido el informe sobre el Anteproyecto de Ley de Empresa Familiar, a través de la cual se establecerán en la Comunidad de Madrid nuevos beneficios en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, mejorando los previstos en la normativa estatal, con el objetivo de garantizar el relevo generacional de las empresas madrileñas.

Según la nota de prensa publicada al efecto, esta iniciativa legislativa beneficiará a cerca de 450.000 empresas, que representan el 93% del tejido empresarial de la región, aportan el 65 % del PIB y generan el 60% del empleo privado madrileño.

La principal medida será la ampliación del porcentaje de bonificación de la cuota del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que pasará a ser del 99% -ahora 95%-, en los supuestos de adquisición por sucesión o donación de una empresa individual, un negocio profesional o participaciones en entidades, siempre que el nuevo titular mantenga los bienes en su patrimonio durante los cinco años siguientes.

Además, se ampliará el alcance subjetivo del beneficio fiscal, que se ampliará los ascendientes, a los integrantes del grupo III de parentesco (hermanos, sobrinos, tíos, suegros, yernos/nueras, etc.) y, dentro del grupo IV, a los primos hermanos.

Asimismo, se mejorarán los requisitos necesarios para acceder a la bonificación, eliminando la exigencia de que el donante tenga más de 65 años o se encuentre en una situación de gran invalidez o incapacidad permanente. La futura norma especificará, a este respecto, qué ingresos se tendrán en cuenta para poder aplicar el beneficio fiscal, aportando seguridad jurídica a la aplicación del beneficio.

La bonificación será compatible con las bonificaciones generales establecidas en la Comunidad para las dos modalidades del impuesto. 

La aprobación final de la norma por la Asamblea de Madrid está prevista para mediados de año, con entrada en vigor al mes siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

 

Fuente: Comunidad de Madrid 26/01/2026

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