La Orden de 25 de marzo de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, ha convocado subvenciones financiadas con fondos europeos en el ejercicio 2022, para la realización de este programa cuyas bases aprobara en su día aprobara el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Su objeto no es otro que la contratación de personas jóvenes, menores de treinta años, capacitadas para llevar a cabo proyectos de investigación en calidad de investigadoras, tecnólogas, personal técnico y otros perfiles profesionales en I + D + i; así como, en su caso, el personal de apoyo a la investigación, facilitando su inserción laboral tanto en el sector público como en el privado y con ello contribuir a incrementar la competitividad de la investigación y la innovación.
Pueden tener la condición de beneficiarios de la subvención los siguientes:
-Los organismos públicos de investigación.
-Las Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I + D + i.
-Los centros e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I + D + i.
-Los institutos de investigación biomédica o sanitaria acreditados por orden ministerial.
-Los centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
-Otros centros públicos de I + D + i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I + D + i como actividad principal.
-Centros privados de I + D + i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, la I + D + i como actividad principal.
-Empresas pertenecientes al sector público o privado, que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación.
-Los centros de I + D a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio (el Museo Nacional del Prado, la Biblioteca Nacional de España (BNE), el Instituto de Patrimonio Cultural de España (IPCE), la Filmoteca Española, los museos y archivos de titularidad y gestión estatal, la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, el Centro Nacional de Información Geográfica, y las Reales Academias y Academias Asociadas vinculadas con el Instituto de España), así como el organismo autónomo IMIDRA, adscrito a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
Respecto de los destinatarios, las personas jóvenes por cuyo contrato se solicite subvención deberán cumplir los siguientes requisitos en el momento del inicio de su participación en el programa, y, por tanto, en el momento de la formalización del contrato:
-Ser mayores de dieciséis años y menor de treinta años.
-Estar inscritos como demandantes de empleo desempleado en alguna de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid. No obstante, podrán ser seleccionados como participantes en este programa jóvenes ocupados siempre que, con carácter previo al inicio del contrato objeto de subvención, extingan la relación laboral previa y realicen su inscripción en la correspondiente oficina de empleo.
-Estar en posesión de alguno de los títulos siguientes: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Graduado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, título de Doctor, o de formación profesional de grado medio o superior. Este requisito no es aplicable al personal de apoyo a la investigación. Por otra parte, en el caso de estar en posesión de un título académico extranjero, se deberá disponer de la correspondiente credencial de homologación al título equivalente en España, expedida por el órgano competente para el reconocimiento de títulos y cualificaciones extranjeras de educación en el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
-La contratación deberá vincularse a un centro de trabajo de la entidad solicitante con domicilio en la Comunidad de Madrid.
-La duración del contrato debe ser de doce meses, a jornada completa, y deberá realizarse por los organismos y entidades señalados para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación del Programa Investigo que sean competencia propia u originaria o por delegación, encargo o encomienda.
Esa misma duración tendrá la contratación de personal de apoyo a la investigación, pudiéndose solicitar un puesto de apoyo por cada 10 de los puestos de trabajo, excluyéndose en todo caso los trabajos de apoyo administrativo.
Las subvenciones a otorgar para la contratación se destinarán a la financiación de los costes laborales y salariales, durante un período de doce meses, incluyendo los gastos de cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, de las personas jóvenes que sean contratadas.
El importe de la subvención se calculará de los siguientes módulos:
-Módulo A: En el caso de jóvenes que estén en posesión de una titulación de formación profesional de grado medio o superior, así como en el caso del personal de apoyo a la investigación, 22.405,94 euros por persona contratada y año de contratación (1.867,16 euros al mes), debiendo producirse el alta de este personal en los grupos de cotización de la Seguridad Social 9 a 5, ambos inclusive.
-Módulo B: En el caso de jóvenes con alguna de las siguientes titulaciones: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Graduado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o título de Doctor, 33.108,92 euros por persona contratada y año de contratación (2.759,07 euros por mes), debiendo realizar el alta en los grupos de cotización de la Seguridad Social 1 o 2.
El plazo de presentación de solicitudes terminará el 29 de abril de 2022.

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