Nuestro of counsel Manuel Lucas, Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Alcalá (Madrid) y miembro de nuestro Consejo Asesor publica en Taxlandia un nuevo artículo sobre el viraje que en la jurisprudencia del Tribunal Supremo parece haberse producido respecto del modo en que deben interpretarse los beneficios fiscales.

Como repasa Manuel Lucas, con llamadas a numerosos pronunciamientos del Alto Tribunal, en las últimas décadas los beneficios fiscales se han venido interpretando de forma restrictiva al tratarse de excepciones a la regla general, que es el gravamen.

Sin embargo, esa posición parece estarse abandonando en los últimos años, como ponen de manifiesto algunos pronunciamientos en los que el Tribunal Supremo ha resuelto la interpretación de determinados beneficios fiscales aplicando criterios de interpretación como el sociológico o el teleológico y desvinculando su interpretación de la figura de la analogía, lo que es interpretado por el autor como un claro abandono del criterio tradicional de interpretación restrictiva.

Y es que, señala, “se trataba de una doctrina anómala en cuanto que no tenía apoyo alguno en la legalidad vigente que, no se olvide, postula que las normas fiscales deben interpretarse como el resto de normas jurídicas –esto es, sin especialidad alguna–, cabiendo varios criterios exegéticos igualmente razonables –gramatical, histórico, sistemático, sociológico– y sólo un criterio preeminente: el teleológico”, cambio de paradigma que no resulta más que de aplicar convenientemente los arts. 12 LGT y 3.1 del Código Civil, en su opinión.

A la espera queda ver la traslación de esa posición en sede de la Administración tributaria y del resto de los tribunales.

 

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