Estas ayudas apoyarán al menos a 15.000 beneficiarios en su proceso de transición digital
La digitalización de la empresa, especialmente la de las pequeñas y medianas empresas es una necesidad urgente de nuestro mercado y, por ello, uno de los compromisos asumidos por España en el Plan de Recuperación Europeo.
Pues bien, en este entorno, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha convocado a través de la Orden ETD/1345/2022, de 28 de diciembre del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital -que aprueba sus bases y la convocatoria 2022- una nueva línea de ayudas cuyo objeto es subvencionar parte de los costes salariales de la contratación de unos nuevos profesionales de la transformación digital que se han venido a denominar «agentes del cambio» –aquellos con el título acreditativo de haber superado el curso correspondiente al programa «Generación Digital: Agentes del cambio» desarrollado por la Escuela de Organización Industrial (EOI), o bien de cualquier otro título acreditado por resolución de la Secretaría de Estado en Digitalización e Inteligencia Artificial-.
Con ello se apoyará al menos a 15.000 beneficiarios en su proceso de transición digital, facilitando por otro lado la incorporación de esos agentes del cambio que se encuentren en situación de desempleo al mercado laboral.
Para poder tener acceso a los contratos susceptibles de ayuda deben cumplir los siguientes requisitos:
-La contratación deberá realizarse por cuenta ajena ajustándose al marco normativo vigente en materia laboral.
-Los contratos deberán celebrarse en la modalidad indefinida a tiempo completo, no admitiéndose otras modalidades de contratación ni a tiempo parcial, y por el salario que corresponda conforme a la normativa laboral.
-El contrato establecerá las cláusulas y condiciones de la relación entre el agente del cambio y el beneficiario, que habrán de ser coherentes con el objeto del programa y deberá garantizar la efectiva ejecución de actuaciones para la transformación digital de la pyme beneficiaria como resultado de la labor del agente del cambio contratado.
-Únicamente se subvencionará la contratación de agentes del cambio que se encuentren en situación de desempleo.
Las ayudas consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar parcialmente la contratación de agentes del cambio y los costes salariales derivados, con un importe máximo de 1.000 euros mensuales hasta el límite máximo de 20.000 euros en un plazo máximo de 20 meses consecutivos a contar desde la formalización del contrato, por beneficiario, y con el límite del 60 por ciento del coste salarial anual del contrato.
Tras la emisión del «Bono agentes del cambio», el beneficiario deberá formalizar contrato laboral con un agente del cambio elegible y obtener resolución de validación del contrato, resultando obligado mantener la vigencia del mismo, al menos 3 años desde su inicio.
El derecho al cobro se reconocerá mensualmente a partir de la verificación de la justificación aportada por el beneficiario sobre el mantenimiento del contrato y sobre el abono de la remuneración mensual al agente, y se pagará trimestralmente.
En particular, el órgano concedente obtendrá mensualmente evidencias de las horas dedicadas, la regularidad del pago del salario y su importe, así como, en su caso, información sobre la actuación de transformación digital mediante consultas aleatorias a través de los agentes del cambio contratados. A partir de las evidencias obtenidas, el órgano concedente verificará la correcta justificación de la ayuda, reconociendo el derecho al cobro de la ayuda correspondiente a esa mensualidad.
El plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria finalizará el 25/04/2024 -ampliado el plazo inicial mediante la Orden ETD/833/2023, de 19 de julio-.
Las ayudas se otorgarán mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, por riguroso orden de solicitud y hasta que se agote la disponibilidad de fondos del programa.

Si está interesado en ampliar esta información puede consultar nuestro portal sobre el Plan de Recuperación Europeo o ponerse en contacto con nuestro equipo especializado en asesoramiento y tramitación de ayudas públicas, llamando al 91 319 60 62 o escribiendo a la dirección de correo ayudaspublicas@garrido.es.