El Confidencial de mano de Pedro del Rosal publica un artículo que cuenta con la opinión de nuestro Presidente Miguel Ángel Garrido en el que se incide en una nueva línea de comprobación a que se están viendo sometidas las PYMES en las que el socio principal tiene una aportación importante, si bien cuentan con estructura suficiente y actividad acreditada” al margen del mismo.

En opinión de la Administración tributaria se trata de actividades que aportan «escaso valor añadido» a la del socio. En realidad, se trata de empresas con entidad propia y suficiente. Y la tributación a discutir es la de si, como en cualquier otra sociedad, aplica el Impuesto sobre Sociedades, o bien hay que reconducir su tributación al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del socio, como sostiene la Administración.

El postulado puede suponer un vaciamiento del concepto de empresa y de la limitación de responsabilidad que lleva aparejada, lo que está empezando a generar preocupación, tal y como se pone de manifiesto en el artículo. Y es que, de acuerdo con este planteamiento, en este tipo de sociedades el beneficio empresarial sería considerado renta personal del propietario de la empresa.

Referencia, también, a las consecuencias derivadas de este tipo de comprobaciones, como la descapitalización que podría llegar a suponer en muchos casos, en momentos económicos tan delicados como los que estamos atravesando.

 

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