La última reforma de la Ley Concursal pretendió, a través de la figura de los planes de reestructuración, romper la tendencia por la que la mayoría de concursos de acreedores en nuestro país terminaban en liquidación de la empresa.

Y es que, como señala José Luis Encinar, socio responsable de nuestro Área Concursal, en el artículo que publica al efecto en Expansión, el Derecho Concursal «puede ser una herramienta muy útil para sacar a una empresa de una situación económicamente difícil”, que no necesariamente debe conducir a su desaparición del mercado económico.

De lo que se trata, en definitiva, es de potenciar la negociación entre el empresario y sus acreedores frente al proceso judicializado del concurso de acreedores, señala nuestro socio, y de hacerlo en cuanto se detectan situaciones de dificultad económica por parte del empresario, aunque sean futuras, acudiendo a este instrumento de negociación que pone a disposición la Ley Concursal antes de incurrir en un situación insalvable que conduzca al concurso necesario y, por ende, a la desaparición de la empresa, con las consecuencias que de ello, además, se derivarían para el empresario a título individual en términos de responsabilidad económica y que pueden colapsar su vida económica con carácter indefinido.

 

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