Pablo Figueroa, socio de Garrido Abogados y Director del Departamento de Derecho Europeo y Competencia, publica en el Blog de Derecho de la Competencia de Wolters Kluwer un post donde repasa los acontecimientos más destacados de la actuación pública en materia de competencia durante el pasado 2019 y apunta los condicionantes que van a determinar nuestra política en materia de competencia para 2020.
2019 ha sido un año de continuidad en la aplicación pública antimonopolio de España, donde los niveles de aplicación del control sobre las concentraciones permanecieron inalterados -la CNMC continuó siendo ágil a la hora de revisar las transacciones, en términos generales, y también en línea continuísta, realizó la revisión de muchas transacciones en el marco del umbral de cuota de mercado del país para autorizarlas posteriormente. Durante 2019 se inició una única investigación de fase II y otra se cerró con remedios conductuales-, y la autoridad española continuó con su fuerte política de aplicación de la ley contra los cárteles, así como en otros ámbitos del Derecho de la Competencia -duplicó el total de multas impuestas a las empresas, forzó multas a los particulares e insinuó la aplicación de una prohibición de contratación a los cartelistas-.
La actuación pública antimonopolio española durante 2020 dependerá probablemente de la identidad de los nuevos miembros del Consejo de la CNMC y, por supuesto, del presidente de la Agencia. La aritmética del Parlamento sugiere que los nuevos miembros adoptarán un enfoque un poco más populista, lo que estaría en consonancia con los acontecimientos en las autoridades antimonopolio en otras partes del mundo.
Por otro lado, se están preparando una serie de cambios en la Ley de Competencia de 2007 para adaptar la legislación española a la Directiva (UE) 2019/1, de 11 de diciembre de 2018, del Parlamento Europeo y del Consejo. Entre los cambios previstos, se espera que la CNMC tenga la facultad de establecer prioridades en la aplicación de las normas de competencia e incluso se enjuicien, sin más consideraciones, las quejas que no son una prioridad investigar -algo que, hasta la fecha, no es posible en virtud de nuestro Derecho Público interno-. Otros cambios previstos incluyen el aumento de las multas máximas para los particulares -actualmente fijado en 60.000 euros- y la introducción de un procedimiento de transacción para los casos de cártel similar al de la Comisión Europea.