La reciente Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas apuesta definitivamente por la implantación en España de la factura electrónica en todas las relaciones comerciales entre empresarios y profesionales.
En el caso de relaciones comerciales con particulares, los empresarios deberán obligatoriamente remitir facturas electrónicas cuando los primeros las soliciten expresamente salvo en el caso de agencias de viaje, servicios de transporte y actividades de comercio al por menor, que solo deberán emitir facturas electrónicas cuando la contratación se haya llevado a cabo por medios electrónicos.
La norma establece el siguiente calendario de implantación:
-Aprobación del desarrollo reglamentario en el que se establecerán los requisitos técnicos en el plazo de 6 meses desde la publicación de la norma legal.
-Los empresarios que tengan una facturación anual superior a 8 millones de euros estarán obligados a emitir las facturas electrónicas en el plazo de un año a contar desde la aprobación del desarrollo reglamentario.
-Los empresarios con una facturación inferior a 8 millones de euros deberán emitir las facturas electrónicas en el plazo de 2 años desde la aprobación del desarrollo reglamentario.
En todo caso la entrada en vigor queda condicionada a que España obtenga de la UE la excepción de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido.
El incumplimiento de la obligación de remitir o permitir el acceso a las facturas electrónicas supondrá la comisión de una infracción sancionable con una multa de hasta 10.000 euros.
Con el fin de facilitar la transición al nuevo sistema de facturación la norma prevé la aprobación de ayudas económicas a los empresarios que justifiquen los costes del cambio de aplicaciones para gestionar y emitir las facturas.
El paquete de ayudas recibe la denominación de Programa Digital Toolkit y contará con una dotación de más de 3.000 millones de euros en subvenciones. Las empresas que pretendan acceder a estas ayudas deberán identificar sus necesidades de digitalización, entre ellas la de adopción de la factura electrónica, obteniendo una subvención para emplear en la contratación en el mercado de productos o servicios de facturación electrónica y asegurar su implantación efectiva.
La tramitación de estas subvenciones exigirá definir con carácter previo el sistema de facturación electrónica que se aplicará en cada empresa.

Si está interesado en ampliar esta información puede consultar nuestro portal sobre el Plan de Recuperación Europeo o ponerse en contacto con nuestro equipo especializado en asesoramiento y tramitación de ayudas públicas, llamando al 91 319 60 62 o escribiendo a la dirección de correo ayudaspublicas@garrido.es.