Como señala Manuel Lucas, Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Alcalá y miembro de nuestro Consejo Asesor, autor del artículo, entre los muchos interrogantes que ha planteado la declaración de los sucesivos estados de alarma derivados de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19 se encuentra también la cuantificación de ciertos tributos locales asociados a actividades económicas y satisfechos anualmente, como son el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) o determinadas tasas por ocupación de dominio público.
Y es que, como señala, durante el tiempo en que tuvieron lugar se impidió o limitó el desarrollo habitual de muchas actividades económicas, cuyos titulares se vieron obligados a ajustar la apertura de sus negocios a las restricciones administrativas mientras soportaban, como si de una situación de normalidad se tratara, sus obligaciones tributarias.
En algunas ocasiones han sido los propios Ayuntamientos quienes han tenido en cuenta esa situación, estableciendo reducciones en la imposición de esos tributos, pero en otras los propios contribuyentes se han visto obligados a impugnar sus liquidaciones y demandar expresamente la consideración jurídica de su situación.
Con cierta frecuencia se hacen públicos esos primeros pronunciamientos de instancia, que repasa Manuel Lucas en su artículo que publica el Instituto de Derecho Local UAM, y que ofrecen una respuesta dispar, en función del tributo cuya aplicación se discuta, pero que allanan el camino para que la cuestión llegue a sede del Tribunal Supremo, a la espera de que se fije jurisprudencia sobre el caso. Por ahora, como señala, tan sólo polémica.