El artículo firmado por Pedro del Rosal, hace exégesis de las circunstancias fácticas del asunto, en el que quedó probado que la sociedad creada por el periodista, socio principal de la sociedad en cuestión, realizaba una verdadera actividad al margen de la realizada por él, no quedando acreditado el planteamiento de la Administración tributaria, que la consideraba un artificio legal para que el locutor condujera sus ingresos a través del Impuesto sobre Sociedades en vez de por su impuesto personal, gravado a un tipo sensiblemente superior.

La noticia se acompaña de una entrevista a Sara Muñiz Buendía, asociada senior del Departamento Contencioso-Tributario de Garrido, bajo cuya dirección letrada estuvo el procedimiento, en la que se explican las circunstancias del caso, de la tributación de este tipo de entidades y de la praxis que la Administración Tributaria emplea habitualmente sobre ellas, haciendo uso de un automatismo que, al menos en este caso, ha sido desmontado por la defensa letrada, sentando un nuevo precedente dentro de los escasos que se han podido conocer a lo largo del tiempo, en los que el profesional ha conseguido demostrar la realidad de su estructura y defender la valoración realizada de las operaciones entre el socio y la sociedad.

 

Leer el artículo

Panel de Configuración

A través del presente Panel de Configuración, puede aceptar o rechazar las cookies en su totalidad o puede seleccionar qué tipo de cookies quiere aceptar y cuáles quiere rechazar.

Para obtener más información, acceda a nuestra Política de Cookies