La fiscalidad de las operaciones de reestructuración empresarial es una cuestión de importancia máxima para las empresas y por extensión para Garrido como firma especializada en tributación.

Precisamente por ello, y en nuestro compromiso con ellas por mantenerles actualizados de las cuestiones legales que son de su interés organizamos en la sede de CEIM Confederación Empresarial de Madrid- CEOE una jornada monográfica sobre el alcance de “La nueva doctrina sobre operaciones de reestructuración empresarial”, en la que contamos con la presencia de Don Joaquín Arroyo Burguillo, Inspector de Hacienda del Estado, Titular de la Vocalía 6ª de apoyo a Impuestos Directos del Tribunal Económico- Administrativo Central, y en la que se contó con la colaboración institucional de la Cámara de Comercio de Madrid.

Como bien es conocido, el TEAC ha fijado doctrina en los últimos meses en relación a la forma en la que se deben regularizar las operaciones acogidas al régimen especial de reestructuraciones cuando la Administración no aprecie que se hayan realizado por motivos económicos válidos apreciando la existencia de ventajas fiscales abusivas, doctrina que ha generado polémica, entre otras cosas, por la mecánica de regularización que propugna y que genera grandes incógnitas sobre cómo deben actuar las empresas al tiempo de acogerse al régimen, aplicarlo y enfrentarse, en su caso, a una comprobación por parte de la Inspección de los Tributos.

Sin embargo, el mensaje que nos llegó desde instancias administrativas a través de la jornada fue tranquilizador. Así lo destaca Expansión, en la crónica sobre la jornada que firma Ignacio Faes, al recordar los términos de la exposición en el sentido de que con la interpretación de la cláusula antiabuso del art. 89.2 LIS que ha llevado a cabo el TEAC solo se pretende regularizar la ventaja fiscal indebida, no el diferimiento razonable.

Todo ello abre la puerta a la necesidad de una adecuada planificación en la que la existencia de un plan de inversiones para canalizar recursos hacia las actividades empresariales es pieza fundamental.

 

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