Nuestro socio del Área Fiscal, Elías Horcajo, ha analizado para los empresarios del Corredor del Henares, las nuevas obligaciones que les resultarán de aplicación a partir de 1 de enero de 2023 por aplicación del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizable.

En una nueva charla organizada conjuntamente con AEDHE y dirigida a los empresarios a los que representa, Elías Horcajo, ha explicado, sobre la casuística de las empresas allí representadas, los términos en que viene establecida la nueva imposición que se aprobó recientemente a través de la Ley 7/2022 (Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular).

El nuevo Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizable pretende reducir la generación de residuos de plástico no reutilizables y fomentar el reciclado de residuos plásticos, por lo que su objeto directo es la utilización de envases de plástico -vacíos o llenos- no reutilizables y no reciclados -al menos en la parte en que no lo son-.

Su hecho imponible es la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de envases no reutilizables, por lo que todas las operaciones de este tipo que realicen a partir de 1 de enero de 2023 los fabricantes, importadores o adquirentes intracomunitarios de esos envases -contribuyentes del impuesto- quedarán ya sometidas al nuevo gravamen.

Análisis del concepto de plástico gravado y exceptuado de gravamen, de la importancia de la prueba en la demostración de las características del plástico no sometido a gravamen o de las operaciones que quedan al margen del impuesto, y de las obligaciones de registro y liquidatorias de este nuevo impuesto que, si bien genera obligaciones para los empresarios, su coste podrá ser repercutido al consumidor final.

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