La Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes de 24 de noviembre de 2022 ha aprobado una convocatoria de ayudas específicas para esta finalidad; en particular, para hacer esas instalaciones más respetuosas con el medio ambiente y eficaces en su funcionamiento, aptas para el uso por parte de usuarios y de deportistas con discapacidad.
De ellas resultarán beneficiarias las entidades titulares de instalaciones deportivas, tanto públicas como privadas, que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención.
Como gastos subvencionables pueden considerarse los siguientes:
-Adecuación y mejoras de espacios e instalaciones donde se realice la acción deportiva, tanto para entrenamiento como para competición.
-Ampliación y mejora de gradas y aparcamientos.
-Adecuación de instalaciones y vestuarios.
-Instalaciones anexas de entrenamiento y/o formación de deportistas, tales como gimnasios, salas de readaptación y enfermería, así como residencias y salas destinadas a la formación.
-Adecuación y mejoras en espacios e instalaciones destinadas a medios de comunicación o que favorezcan la difusión mediática.
-Adecuación a los requerimientos de la retransmisión televisiva.
-Accesibilidad.
-Megafonía y marcadores.
-Mejoras en la eficiencia energética del sistema de iluminación.
-Construcción, ampliación, adaptación y mejoras de las instalaciones, siempre que el resultado implique una mejora en la calidad de la competición y coadyuve en la consecución de los objetivos de transición ecológica, digitalización, igualdad e inclusión y accesibilidad.
-Otras infraestructuras de análoga naturaleza.
-Elaboración del diseño y/o proyecto de obra de las actuaciones recogidas en el presente apartado.
-Las inversiones objeto de subvención podrán ser sobre estructuras e infraestructuras propias.
La cuantía de la ayuda será de un máximo del 100 por ciento sobre el presupuesto del proyecto que haya sido considerado financiable. Y el pago de la subvención se realizará con carácter anticipado por el 100 por ciento de la ayuda concedida, tramitándose de oficio por el órgano instructor, tras la notificación de la concesión de la subvención.
El plazo de ejecución de las obras se ha determinado que tenga lugar entre 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2023.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 16 de enero de 2023 -30 días hábiles tras la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE-.

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